Preguntas frecuentesLo que más nos preguntan
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Ley 21.442Reemplazó a la Ley 19.537. Su reglamento es el D.S. n° 7 de 2025.
¿Qué ley regula hoy a los edificios y condominios?
La Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria, publicada el 13 de abril de 2022, que reemplazó a la antigua Ley 19.537. Su reglamento es el D.S. n° 7, publicado el 9 de enero de 2025.
¿El administrador debe estar inscrito en algún registro?
Sí. La Ley 21.442 creó el Registro Nacional de Administradores de Condominios del MINVU, obligatorio para ejercer. Cualquier persona puede consultarlo en condominios.minvu.cl. Estamos inscritos en el Registro de Administradores con el N° PN-7228.
¿Cómo se cambia de administración?
El nombramiento del administrador lo acuerda la asamblea de copropietarios. Nosotros preparamos la propuesta para que el comité la presente y, si se aprueba, hacemos el traspaso de la información.
¿Qué es la estabilización del gasto común?
Que el gasto común de cada propietario sea prorrateable y no varíe de un mes a otro. Se logra con un cobro constante de la morosidad y un fondo de reserva adaptado a las necesidades reales de la comunidad.
¿Qué pasa si un copropietario no paga?
Hacemos un cobro constante y apegado a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Antes de presentar antecedentes al comité buscamos un acuerdo con el copropietario, según sus posibilidades de pago.
¿Para qué sirve el fondo de reserva?
Es el respaldo económico de la comunidad frente a imprevistos. La ley exige tenerlo y los copropietarios definen el monto; sugerimos adaptarlo a las necesidades reales de cada comunidad.